¿Qué deberes tienen las autoridades indígenas, originario campesinas?
En este marco normativo, las autoridades indígenas originario campesinas tienen los siguientes deberes:
- Intercambiar información de manera transparente con operadores de la justicia ordinaria.
- Mantener un diálogo abierto para establecer mecanismos eficaces de prevención, atención, protección y erradicación de la violencia contra las mujeres.
- Intercambiar ideas con la justicia ordinaria, respecto a los mejores métodos de prevención, atención, protección y erradicación de la violencia contra las mujeres.
- Atender y remitir los hechos de violencia contra las mujeres a las instancias pertinentes: Policía Boliviana y/o Ministerio Público.
- Acompañar a las mujeres en situación de violencia, con el apoyo de las promotoras comunitarias, para presentar su denuncia.
- Hacer el seguimiento de los casos de violencia contra las mujeres derivados a la justicia ordinaria en su municipio.
- Otorgar información solicitada por autoridades de la justicia ordinaria.
- Mantener una estrecha coordinación con el SLIM, la FELCV, Promotoras Comunitarias u otra instancia en su municipio para la prevención, protección, y sanción de los casos de violencia.
- Fortalecer e impulsar el Control Social comunitario, mediante la participación activa de la comunidad en la prevención, reflexión e identificación de los casos de violencia contra las mujeres.
- Realizar seguimiento y vigilancia para que las autoridades locales destinen el presupuesto necesario para la lucha contra la violencia hacia las mujeres para el funcionamiento de la Policía, el Ministerio Público, los SLIMs y DNA.