¿Qué deberes tienen las autoridades indígena, originario, campesinas con las casas comunitarias de la mujer?

Las autoridades indígena originario campesinas tienen el deber de: 

  • Gestionar ante autoridades municipales la implementación de casas comunitarias de la mujer indígena, así como garantizar el desembolso de presupuesto para su funcionamiento y mantenimiento. 
  • Determinar en asambleas y reuniones las características básicas de las casas comunitarias acorde a las necesidades y en el marco de la cosmovisión de las mujeres de la nación, pueblo, comunidad indígena originario campesina. 
  • Promover la formación de promotoras comunitarias, mismas que realizan trabajo voluntario para apoyar a las mujeres en situación de violencia mediante tareas de orientación, prevención y detección de casos.
  • Incentivar la capacitación periódica de las promotoras comunitarias en resolución pacífica de conflictos, nociones de psicología, consejería y cualquier otro tema de interés para este fin.
  • Respetar el trabajo de las promotoras comunitarias como nexo entre los servicios de protección de derechos de las mujeres y niñas como el SLIM, Defensoría de la Niñez y Adolescencia, FELCV y otros.