Capítulo V : PERSONAL DE LOS REFUGIOS TEMPORALES Y CASAS DE ACOGIDA

5.1. Principios del trabajo

El SLIM debe elaborar su Plan Estratégico que incluya objetivos y acciones para erradicar la VRG en el municipio a corto, mediano y largo plazo.

El SLIM no debe realizar acciones sin sentido estratégico porque pueden implicar un desgaste significativo con resultados limitados.

El Plan debe realizarse en base a una evaluación de la situación de la VRG en el municipio. Esta evaluación debe ser objetiva, pero no necesariamente exhaustivo, sino suficiente para orientar las acciones.

5.2. Recursos económicos asignados

El trabajo de los funcionarios que trabajan en las Casas de Acogida y los Refugios Temporales debe regirse por los siguientes principios.

  • Confidencialidad.
  • Participación y colaboración.
  • Trabajo en equipo.
  • Toma de decisiones en consenso.
  • Compromiso con el servicio profesional.
  • Comunicación abierta y capacidad de escucha.
  • Capacidad de aceptación del otro u otra.

5.3. Calificación del personal

Las personas que trabajen en las Casas de Acogida y Refugios, deben tener:

  • Sensibilidad a la violencia contra la mujer.
  • Formación en el tema de género y violencia.
  • Capacidad y disposición para trabajar en equipo.
  • Capacidad para poner límites.
  • Actitud de apertura permanente.
  • Disposición al cambio de actitudes y prácticas.
  • Disposición a desarrollar un trabajo de crecimiento personal, Capacidad y compromiso de confidencialidad.
  • Mantener la visión de que las usuarias son sobrevivientes de violencia, no tratarlas como víctimas, y mantener la visión de que la recuperación es posible.
  • Validar tanto los sentimientos como las necesidades de la personaRespetar el ritmo y el proceso de recuperación de la persona afectada y sus hijas e hijos.
  • Saber escuchar de manera activa, sin compadecer, juzgar, ni aconsejar.
  • Mantener una disposición permanente de capacitarse.
  • Conocer la normativa nacional e internacional sobre derechos

5.4. Prohibiciones en el trabajo

Bajo ninguna circunstancia, el personal que trabaje en una Casa de Acogida o Refugio podrá:

  • Justificar la violencia.
  • Minimizar el abuso.
  • Culpar a la mujer por la violencia que sufre ella misma o sus hijas e hijos.
  • Preguntar por qué, ya que implica cuestionar a la víctima de VRG, insinuando que es responsable de lo sucedido.
  • Sugerir que la víctima de VRG tiene que perdonar al ofensor o conciliar con él, ni confrontar a la mujer con el agresor.
  • Interrogar o presionar a la persona afectada.
  • Juzgar, hacer juicios de valor, etiquetar, criticar, interpretar o diagnosticar.
  • Ordenar, mandar, amenazar a la víctima de VRG.
  • Ponerse de ejemplo o comparar la situación de la víctima de VRG con la suya.
  • Escandalizarse ante los relatos de la experiencia de violencia.
  • Divulgar la ubicación de la Casa de Acogida o Refugio.
  • Establecer alianzas o parcialización con las víctimas.
  • Realizar acciones con las víctimas de VRG fuera de los reglamentos de la Casa.
  • Imponer decisiones a la víctima de VRG.

5.5. Reclutamiento y permanencia

Para tener buenos profesionales se recomienda:

  • Elaborar programas de incorporación a profesionales en todas las áreas.
  • Contar con manual de funciones para cada profesional.
  • Realizar evaluaciones periódicas de su desempeño.
  • Institucionalizar los cargos de las y los profesionales que presten servicios en las Casas de Acogida.