Capítulo IV : SERVICIOS DE LAS CASAS DE ACOGIDA

Las Casas de Acogida como parte de la protección que otorgan, prestan los siguientes servicios: hospedaje y alimentación, atención psicológica y social, apoyo en reinserción laboral, atención legal y en salud.

4.1. Atención psicológica y social

La Casa de Acogida debe elaborar un programa de atención psicológica dirigida a tratar el estrés pos-traumático en coordinación con la atención médica.

La atención psicológica debe ser individual y grupal. Se tendrán grupos de apoyo según la edad, incluyendo las niñas, niños menores de 18 años. Para garantizar la atención especializada se debe brindar servicios de psicología infantil, en coordinación con las DNAs.

Adicionalmente se debe:

  • Asegurar la continuidad del proceso escolar de las hijas e hijos de las mujeres acogidas en el programa.

  • Proteger la fuente de trabajo de las mujeres que se encuentren trabajando antes de ingresar al programa.

Asegurar que las mujeres que desarrollan actividades económicas por cuenta propia, continúen con sus actividades desde la Casa de Acogida.

4.2. Reinserción laboral

Se debe elaborar un programa que genere oportunidades para que la mujer víctima de VRG que no tiene trabajo o que lo perdió producto del proceso de violencia, pueda lograr una nueva colocación laboral o habilidades para buscar una.

El personal que desarrollará estas actividades podrá estar conformado por una red de personas voluntarias y dirigido por la trabajadora social. Se debe promover que la mujer víctima de VRG logre autonomía económica como una forma para lograr su autonomía.

La Responsable de la Casa de Acogida debe realizar las gestiones necesarias para implementar este programa, como la suscripción de convenios interinstitucionales, alianzas con actores locales y otros.

El programa que se desarrolle debe atender a las características y posibilidades locales. Entre otros se sugieren los siguientes alcances:

  • Alfabetización para las mujeres que no saben leer y escribir.
  • Apoyo en elaboración de presupuestos, costos y administración para iniciativas productivas.
  • Orientación en la búsqueda de mercados internos y externos para la comercialización de productos que puedan elaborar.
  • Capacitación en el desarrollo de habilidades, técnicas y conocimientos para el desempeño de una actividad laboral o productiva.

4.3. Atención legal

La Casa de Acogida debe prestar servicios legales de orientación a la víctima de VRG, en relación a su situación personal, familiar y patrimonial, y de definirlo ella, proseguir el proceso contra su agresor, e iniciar y proseguir procesos de asistencia familiar e investigación de paternidad.

Este servicio puede ser brindado por personal de la Casa de Acogida, si los tiene, o por profesionales de los SLIMs, el SEPDAVI, el SIJPLU u otras instituciones, en base a acuerdos que se tengan suscritos.

Se debe lograr que las mujeres víctimas de VRG en las casas de acogida estén informadas de su situación legal y tengan seguridad sobre el desarrollo de su proceso jurídico y su participación en él.

4.4. Atención en salud

La atención en salud será prestada en coordinación con los establecimientos de salud públicos o instituciones con las que se tengan acuerdos.

La Responsable de la Casa debe resguardar que la atención de salud sea óptima y que se lleven los expedientes de control necesarios, en los que consten la atención prestada.