Toda víctima de VRG que acepta ir a una Casa de Acogida antes de ingresar debe conocer y aceptar las reglas de convivencia, el alcance del programa de acogida, las actividades que se desarrollan con las mujeres y con las niñas y niños en ese lugar, comprometiéndose a cumplirlas y participar de ellas.
También debe comprometerse a mantener la confidencialidad del lugar, no divulgando su ubicación.
Para su ingreso la víctima de VRG debe firmar un acuerdo de ingreso voluntario, que exprese su conformidad.
Ingresada la víctima de VRG, la Responsable de la Casa de Acogida debe informar al SLIM o la instancia promotora de la denuncia que la remitió, y ella a su vez debe informar esta situación al Fiscal y Juez que conozcan de la denuncia.
El Juez del proceso penal debe ratificar la necesidad del ingreso de la víctima a la Casa de acogida.