7. Articulación y Especialización

El modelo integrado de acción frente a la VRG, además de los componentes desarrollados, se basa en dos elementos operativos esenciales: la articulación institucional y la especialidad funcionaria.

7.1. Articulación institucional

Esta referida al relacionamiento que deben tener las instituciones que trabajan sobre la temática de la VRG, de tal forma de no duplicar esfuerzos, evitar la re victimización y desarrollar un trabajo eficiente y eficaz.

En el modelo definido por la Ley, cada institución tiene su ámbito de acción que está vinculada a la de las otras instituciones, en una perspectiva de sistema, de tal forma que el adecuado funcionamiento de cada institución, dará por resultado un accionar efectivo contra la VRG. En ese sentido la articulación institucional no es sino la conciencia institucional del sistema y el trabajo en base a esa conciencia, o sea que cada institución y sus funcionarios conozcan el rol que le corresponde, las obligaciones que debe cumplir y las actuaciones que puede requerir y deben exigir de las otras instituciones.

La Ley define las competencias de cada institución, pero a más de esa definición en cada ámbito (municipio o gobierno departamentales) se requiere que las instituciones coordinen su trabajo, que unas conozcan las posibilidades y limitaciones de las otras, y que trabajen con el objetivo común de erradicar la VRG, desde el accionar institucional que le compete y en un diálogo permanente.

No se trata de que las diferentes instituciones formen un sólo equipo ni nada parecido, porque en definitiva las instituciones tienen competencias complementarias que en determinadas situaciones pueden contraponerse, como en el caso del juez cautelar que tiene la obligación de resguardar los derechos y garantías de la víctima y el presunto agresor, y para ello debe poner límites al poder de la fiscalía y los agentes de la FELCV en el proceso de investigación. Se trata de que el trabajo de las instituciones se articule.

7.2. Especialización funcionaria

Otro de los elementos esenciales para el buen funcionamiento del modelo es la especialización que deben tener los servidores públicos que trabajan en las instituciones que trabajan en la atención de la VRG.

La especialización se refiere a que para trabajar en esas instituciones se debe tener cursos en derecho de las mujeres o derechos humanos, o, experiencia acreditada de haber trabajado en esos temas.

La especialidad busca que los servidores tengan las herramientas necesarias para trabajar sobre la temática, considerando la situación de las víctimas de VRG, y las causas, formas de expresión y trascendencia social de esta problemática.

Se debe tener en cuenta que la especialidad será un proceso gradual; al inicio de implementación de la Ley, no se contaban con la cantidad de profesionales especializados necesarios, pero con el transcurso del tiempo es un requerimiento ineludible.

Los servidores públicos que deben tener especialidad son: los servidores del SLIM, los fiscales y sus auxiliares que trabajen en VRG, los peritos del IDIF que realicen pericias en estos casos, los miembros de la FELCV, los jueces y personal auxiliar de los juzgados y tribunales especializados y aquellos que conozcan procesos sobre hechos de VRG. También deben tener especialidad los servidores del SEPDAVI y el SIJPLU que trabajen con casos de VRG.

Para lograr la especialidad, las instituciones deberán ejecutar planes y programas de formación de sus funcionarios en base al desarrollo de habilidades y competencias, en coordinación con el SIPPASE.

 

7.3. Centro de Atención Integral en VRG o Unidad de Atención Integral Inmediata

El Modelo Integral de actuación frente a la VRG propone la creación de los Centro de Atención Integral en VRG, que serán el ámbito físico en el que se concentren las instituciones que trabajan en la atención, investigación, procesamiento y sanción de los hechos de VRG.

A través de la implementación de estos Centros se trata de proporcionar a la víctima un mejor servicio y fortalecer la articulación institucional.

En el Centro deben funcionar el sLIM, un juzgado cautelar especializado, la FELCV y la fiscalía especializada.
La implementación de los Centros será gradual en base a las posibilidades financieras institucionales y locales.