Si el o la Fiscal estima que existen suficientes indicios sobre la existencia del hecho y la participación del o la imputado/a, formalizará la imputación de manera fundamentada, realizando una calificación provisional del hecho, la cual presentará ante el o la Juez/a Instructor/a.
En esta fase procede el anticipo de prueba: Pericias investigativas, inspección ocular o reconstrucción de los hechos.
Cuando se consideren que existen riesgos procesales, el Ministerio Público (Fiscalía) solicitará la aplicación de medidas cautelares (detención preventiva, detención domiciliaria, fianza, arraigo, prohibición de viajes, prohibición de cercanía a la víctima, a la familia sustituta, guarda provisional, etc.) al o la Juez/Instructor.