Instancia Técnica Departamental de Política Social (Ley No. 548, art. 183)   | - Brindar servicios de orientación y apoyo socio-familiar y educativo. 
 - Brindar servicios de atención jurídica y psico-social.
 - Desarrollar programas de acogimiento temporal.
 - Ejecutar programas de familia sustituta, bajo la modalidad de guarda, tutela y adopción nacional. 
 
  | 
Centro Especializado de Prevención y Atención Terapéutica (CEPAT)   | - Es un servicio dependiente de la Instancia Técnica Departamental de Políticas Sociales. 
 - Se enfoca en la prevención y atención terapéutica especializada niñas, niños y adolescentes en situación de violencia sexual, a través de intervenciones con enfoque sistémico para coadyuvar en la recuperación psicosocial de niñas, niños y adolescentes y tratar las secuelas de la violencia sexual. 
 - Se caracteriza por ser un servicio ambulatorio alternativo al servicio residente para niñas, niños y adolescentes y sus familias, fortaleciendo los vínculos afectivos y familiares. 
 
  | 
Casas de Acogida y Refugio Temporal (Ley No. 348, art. 25 y 26)   | - Deben acoger, proteger y atender de forma gratuita, a mujeres en situación de violencia, a sus hijas e hijos y cualquier familiar que se encuentre bajo su dependencia y esté en riesgo. 
 - Estimular y promover el empoderamiento de las mujeres en situación de violencia, facilitando su acceso a la educación, capacitación laboral y trabajo. 
 - Coordinar con los servicios de atención y los centros de salud pública y privada, la atención médica de las mujeres y sus familiares en situación de violencia. 
 - Proporcionar a las mujeres la atención interdisciplinaria necesaria para su recuperación física y psicológica, que les permita participar, de manera gradual, en la vida pública, social y privado. 
 - Dar información a las mujeres sobre los procedimientos legales, las instituciones que prestan los servicios interdisciplinarios gratuitos que requieran para su restablecimiento y cualquier tema de su interés, vinculado a su situación. 
 
  |