¿Cómo debe ser la atención a las mujeres en situación de violencia?

El artículo 41º de la Ley No. 348 dispone que: 

I. Las autoridades de las comunidades indígena originario campesinas y afrobolivianas, adoptarán medidas de atención y protección a mujeres en situación de violencia, en el marco de sus competencias y sus normas y procedimientos propios, con participación de las mujeres que ejercen cargos de autoridad, y con participación y control social comunitario. 

La atención a mujeres en situación de violencia deberá ser prioritaria, porque sus vidas están en riesgo. Se debe brindar una atención respetuosa, digna y cuidando su derecho a la privacidad. 

Los hechos de violencia contra las mujeres que no constituyan delitos, deberán ser atendidos por las autoridades indígena originario campesinas, brindando la protección necesaria para eliminar la violencia y sancionar al agresor de manera proporcional a la violencia cometida, respetando sus usos y costumbres. 

II. Todos los casos de violencia sexual, feminicidio y delitos análogos serán derivados a la jurisdicción ordinaria, de conformidad a la ley de Deslinde Jurisdiccional. 

Los casos que constituyan delitos, deberán ser inmediatamente remitidos a la justicia ordinaria para evitar mayores riesgos a la víctima. 

III. Las autoridades indígena originario campesinas podrán derivar los casos conocidos a las Casas Comunitarias de la Mujer, para que la mujer en situación de violencia reciba la atención apropiada. 

Las mujeres en situación de violencia podrán ser atendidas por las Promotoras Comunitarias con la finalidad de recibir orientación, consejería y apoyo para superar la situación mediante el restablecimiento de sus derechos y la sanción debida al agresor. 

IV. Los casos que sean atendidos y resueltos serán reportados al Sistema Plurinacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la violencia en razón de género – SIPPASE, para su correspondiente registro. 

Todos los hechos de violencia contra las mujeres deberán ser reportados al SIPPASE en el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.